El concejal radical Marcelo Saá, elevó una carta a la Legislatura provincial haciendo hincapié en que Santa Cruz es el distrito con más bajo porcentaje de repartición.
Río Gallegos-Se ha colocado nuevamente en discusión la Ley de Coparticipación, considerando que en valores cuantitativos Santa Cruz es uno de los distritos que menos distribuye a sus municipios.
En tal sentido, el edil Marcelo Saá (UCR) elevó una carta -Nº 398-, solicitando a la Legislatura provincial que se revea la Ley de Coparticipación.
Cabe destacar que la discusión se reabre tras la firma y posterior ratificación en la Cámara de Diputados, de los acuerdos con la empresa Repsol YPF cancelando una deuda de US$ 65 millones en carácter de regalías mal liquidadas.
En tal ocasión, diferentes autoridades se manifestaron en rechazo de la decisión considerando que no se respetaba la coparticipación municipal, ya que uno de los acuerdos salda un total de US$ 25 millones en especies, denominado “Acuerdo de compromiso de inversiones”, destinado a obras para educación técnica, salud e infraestructura deportiva.
Repercusiones
Se exige mediante el expediente elevado a los Legisladores, que el día jueves en el recinto se le dé estado parlamentario al tema.
Uno de los fundamentos esgrimidos, es la comparación con el resto de los distritos en cuanto a la legislación que poseen y rige la coparticipación municipal.
“Se puede observar que prácticamente todas las provincias trasladan a sus municipios los recursos que reciben desde la órbita nacional en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos. Los niveles de participación de los gobiernos locales se ubican en un rango entre el 8% (San Luis) y el 25% (Tierra del Fuego). De todos modos, es posible indicar que en casi dos tercios de los estados provinciales argentinos estos índices de participación se encuentran entre el 10% y el 15%”.
Santa Cruz, se ubica entre las últimas provincias en la tabla de coparticipación con un total del 11% de la distribución.
Legislación
El régimen municipal se encuentra estipulado en el Artículo 123 de la Constitución Nacional, especificando que cada provincia dicta su propia Constitución "asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero".
A pesar de ello cinco constituciones provinciales aún no reconocen expresamente la autonomía municipal: Entre Ríos, Santa Fe, Mendoza, Tucumán y Buenos Aires.
En tal contexto, la provincia de Santa Cruz en el año 1994 a través de la Convención Constituyente incorporó el régimen municipal en la sección novena, asegurando que se “reconoce autonomía política, administrativa, económica y financiera a todos los Municipios”.
Determinando además que aquellos que dicten su Carta Orgánica Municipal, gozarán además de autonomía institucional, por lo que todos los municipios ejercen sus funciones con independencia de todo otro poder.
Reclamos
Consecuentemente, el concejal Saá sostiene que “es claro que existe cierta discrecionalidad del manejo de los dineros públicos que hacen que de cada 1.500 millones de pesos que ingresan a las arcas provinciales, por Ley de Coparticipación sólo 174 se repartan entre los 14 municipios, siendo nuestra provincia una de las que menos distribución directa hace a las comunas”.
Entre las políticas que vuelven a discutirse están las medidas adoptadas ante las regalías (hidroeléctricas e hidrocarburíferas), frente a lo cual el edil sostiene que “todas las provincias que las perciben realizan un traslado, parcial de las mismas a sus gobiernos locales”. En este caso el rango de participación de los municipios es más amplio, ya que se ubica entre el 7% (Santa Cruz) y el 50% (Entre Ríos).
Posteriormente, fundamentó que una de las principales dificultades que deriva de la falta de autonomía respecto al tema, es que la mayoría de los gobiernos municipales santacruceños deben relegar la decisión, por ejemplo, en la realización de obras públicas locales, en la voluntad de las autoridades provinciales en virtud que los fondos distribuidos de acuerdo al régimen de coparticipación no les alcanza para los gastos de funcionamiento.
Autonomía municipal
A pesar que la Constitución de la Provincia expresa que “La autonomía municipal que aquí se reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna”, se ha reclamado desde la oposición que leyes como las de coparticipación hacia los municipios santacruceños, atentan contra dicho principio.
Las divergencias de posturas al respecto, se han dejado traslucir luego de ser ratificados los acuerdos con Respol YPF, considerando que se omite el derecho de cada municipio a recibir el porcentaje correspondiente en su equivalente por las regalías mal liquidadas.
“Entonces unas de las ventajas en el ejercicio pleno de la autonomía municipal, que debería estar acompañada de una nueva Ley de Coparticipación que descentralice las decisiones, sería poder diagramar la dirección del gobierno municipal en la ejecución de la obra pública que en la actualidad se decide fuera de la localidad,” concluye Marcelo Saá.
Es así que no sólo ha entrado en discusión la postura asumida por los diferentes Concejos Deliberantes, buscando
revertir esta situación, sino también cuál es rol específico de los Diputados por el Pueblo y cuáles son los derechos comunales que defienden en la Legislatura. Un pedido expreso por parte de la oposición, en absoluta congruencia con ambos aspectos, sostiene que los concejales deben manifestarse en reclamo a la Legislatura provincial por la modificación de los índices de distribución, “situación que se ha planteado infinidad de veces a través de la presentación de proyectos que no han llegado a concretarse”.
La desigualdad de la distribución se hace más notoria en aquellos municipios con menor recaudación, lo que genera una fuerte dependencia hacia el Poder Ejecutivo provincial.
Petición específica
La Constitución de la Provincia de Santa Cruz expresa que “La autonomía municipal que aquí se reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna”, encontramos que leyes como las de coparticipación hacia los municipios atentan contra dicho principio.
Derechos que se han calificado como omitidos ante acciones –por ende- “anticonstitucionales”, sostiene la oposición ante las últimas decisiones tomadas por los legisladores, creando leyes que no guardan relación con lo estipulado en la carta magna de la Provincia.
“Por ello es que solicito como representante de los vecinos de Río Gallegos, se aboquen a analizar el régimen de coparticipación municipal en Santa Cruz y emitan opinión al respecto, dando cumplimiento a lo establecido en la Constitución Provincial en el sentido que “La autonomía municipal que aquí se reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna”, dado que encontramos legislación que atenta contra este principio. Por último solicito que la presente tome estado parlamentario y eventualmente se cite a los integrantes de este Concejo a emitir opinión al respecto, informándole que esta nota será remitida a la totalidad de los legisladores como así a los Concejos Deliberantes e intendentes de la provincia de Santa Cruz”, sostiene Marcelo Saá.
Coparticipación por Distrito
Jurisdicciones Copart. Federal
T. del Fuego25,00%
Córdoba 20,00%
Tucumán 16,50%
Buenos Aires16,14%
Chaco 15,50%
Neuquén 15,00%
Salta 15,00%
Sgo.del Es. 5,00%
Mendoza 14,00%
Santa Fe 13,44%
Corrientes 12,00%
Entre Ríos 12,00%
Formosa 12,00%
Misiones 12,00%
Santa Cruz 11,00%
La Pampa 10,71%
Chubut 10,00%
La Rioja 10,00%
Río Negro 10,00%
Catamarca 8,50%
San Luis 8,00%
Jujuy y San Juan tienen regímenes particulares
Fuente: Tiempo Sur
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