Viernes 14 de Marzo de 2025
22 de Abril de 2014 - Ambiente

Entre Ríos-Reglamentarán actividades de acopiadores de residuos inorgánicos

El intendente Juan José Bahillo y el secretario de Gobierno, Germán Grané, firmaron el proyecto de ordenanza elaborado por la Dirección de Ambiente y las áreas municipales de Habilitaciones, Inspección General, Higiene y Seguridad y Subsecretaría de Control Urbano.

El proyecto de ordenanza “Personas físicas y/o jurídicas dedicadas al acopio, clasificación, reutilización, agregado de valor, reciclado y venta (intermediarios) de residuos inorgánicos potencialmente reciclables” se sustenta en la necesidad de contar con una reglamentación de estas actividades en centros privados.
Por una parte, existen potenciales causas de contaminación, derivada de los componentes de los residuos sólidos inorgánicos, con los consiguientes impactos ambientales negativos sobre los recursos naturales y la vida de los ciudadanos, pudiendo convertirse en un foco infeccioso altamente peligroso de proliferación de roedores, moscas e insectos varios, bacterias patógenas, todos de alta peligrosidad para el ser humano y el ambiente. A las que se suman características de peligrosidad (potenciales ocurrencias de incendios y demás incidentes). Por lo mencionado, en más de una oportunidad se reciben quejas de los vecinos, sin embargo por el momento se considera una actividad necesaria, ya que son muchos los vecinos que acuden a estos centros para vender los residuos potencialmente reciclables.
“En nuestra ciudad existe un numeroso grupo de recuperadores informales, quienes representan un eslabón importante del circuito informal del reciclaje, que requieren de un centro receptor para comercializar los materiales inorgánicos que a diario recuperan, representando una actividad económicamente rentable para ellos y ambientalmente necesaria dada la creciente generación de residuos en el ejido de Gualeguaychú” detalló el secretario Jefe de Gabinete y Gobierno, Germán Grané.
 
Una herramienta idónea
“Desde la gestión del intendente Bahillo se considera que esta es una herramienta idónea y necesaria para promover la inclusión económica y social de los recicladores informales” añade Grané y dice que “además, es importante estimular el ciclo del reciclado, atento la necesidad de reducir la disposición final por enterramiento de residuos, lo que colabora a minimizar el impacto ambiental negativo”.
“Sin duda alguna deben estar estipuladas las condiciones edilicias, higiénico-sanitarias y de seguridad de los centros que desarrollan dichas actividades, total o parcialmente” remarca el funcionario, y explica que “por otra parte, se hace necesario contemplar los movimientos de rodados viales en su inmediación para tareas de carga y descarga de materiales para su ingreso y/o egreso de los mencionados centros”.
Además de lograr el control de estos centros por parte del Estado en el éjido municipal, el proyecto tiene previsto crear un registro que permita conocer las tecnologías utilizadas, los destinos, las cantidades y las medidas de contingencias con las que cuentan estos centros de acopio, y así promover el reciclado y/o reutilización de materiales de una forma segura, sostenible y ambientalmente favorable. Asimismo, deberá crearse un registro, a través de un censo, de recicladores informales que abastecen a los centros antes mencionados.
 
Ordenamiento urbano
“Esta propuesta se alinea con las políticas de ordenamiento territorial y urbano que se vienen desarrollando desde el estado municipal, gestiones inherentes al cuidado de la salud higiénico-sanitaria y preservación y conservación ambiental integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural” destacó Grané y dijo: “El desarrollo sostenible tiene como objetivo primordial el mejoramiento de la salud de la población, entendiendo a la salud en su sentido más amplio, y la preservación ambiental”.
Quedan comprendidas en la ordenanza aquellas personas físicas y/o jurídicas, cuya actividad consista en la recepción, transferencia, acopio, reciclado parcial y/o integral, agregado de valor y comercialización de residuos inorgánicos reciclables.
Se entiende por “residuos inorgánicos reciclables” a los componentes de los residuos sólidos urbanos o asimilables a los mismos tales como: papel, cartón, plástico, vidrio, metal, madera y todo otro material rechazado o descartado o en desuso susceptible de ser revalorizado, reutilizado y/o reciclado, excluyendo Residuos Peligrosos y Residuos Biopatogénicos conforme con la legislación vigente.
 
Fuente: El Diario de Gualeguaychú

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