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26 de Diciembre de 2013 - Animales

Entre Ríos-Perros "potencialmente peligrosos" con seguro e inscripción en Pa

El Concejo Deliberante adhirió a la ley provincial de canes "potencialmente peligrosos". Los dueños deberán inscribirlos en un registro municipal, gestionar una credencial y contratar un seguro por posibles daños a terceros.

Frente a los repetidos ataques de perros, algunos de ellos con consecuencias fatales y graves lesiones, surgió hace tiempo la necesidad de regular la convivencia entre las personas y los animales que conllevan ciertos riesgos. Así es que la Legislatura provincial sancionó en 2011 la ley Nº 10.029 de Perros Potencialmente Peligrosos. La norma dispone que las autoridades de aplicación son los municipios en sus respectivas jurisdicciones.
En la sesión extraordinaria del Concejo Deliberante de Paraná, llevada a cabo el jueves pasado, se aprobó, por mayoría, la adhesión a esta norma que reglamenta la tenencia, crianza y adiestramiento responsable de este tipo de canes.
La secretaria de Derechos Humanos, Salud y Educación, Florencia Amore, dijo que “en estos momentos estamos trabajando con diferentes entidades protectoras de animales en el decreto reglamentario de la ordenanza” y agregó que “para la aplicación de la norma se conformará un cuerpo de inspectores”. La propuesta es que éste se integre no sólo por empleados sino por voluntarios ad honorem.
Con la nueva reglamentación “apuntamos a la responsabilidad ciudadana de los dueños de los perros”, afirmó la funcionaria.
Registro. A partir de haber adherido a la ley provincial, el municipio de Paraná deberá crear un registro de Perros Potencialmente Peligrosos que estará bajo la órbita de la Subsecretaría de zoonosis.
Los propietarios tienen ahora la obligación de declarar la tenencia de los animales, los datos de identidad y el domicilio del tenedor. También deberán comunicar la venta, traspaso, donación, robo, extravío o muerte del animal. Por su parte, la comuna entregará un instructivo de crianza y prevención, una identificación numérica que se deberá colocar en el collar del animal.
A su vez, cualquier incidente producido por los animales se hará constar en la hoja registral de cada perro.
Para obtener la tenencia de los animales calificados como potencialmente peligrosos se requerirá una licencia que será otorgada por la Municipalidad.
En principio, los requisitos para obtener la autorización son: ser mayor de edad, no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones contra la libertad o contra la integridad sexual y delitos contra la seguridad pública.
Será necesario, a su vez, contar con una cartilla sanitaria y un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por los animales. Esta póliza se exigirá a partir del momento en que las compañías de seguros las establezcan.
 
Obligaciones
Podrán tener estos animales quienes adopten medidas de seguridad en el inmueble donde se aloja al perro, esto es, estructuras resistentes que impidan el escape o que el animal saque el hocico. Las condiciones de tenencia deben garantizar que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para las personas como tampoco para el propio animal. Además, el sitio donde viva el perro deberá ser señalizado con la inscripción Perro Potencialmente Peligroso.
A su vez, queda prohibido transitar con este tipo de perros en libertad de acción o abandonarlos en la vía pública. También está vedado el adiestramiento con fines de acrecentar la agresividad.
 
Sanciones
Frente al incumplimiento de las obligaciones por parte de los propietarios, el Estado local podrá aplicar sanciones. Florencia Amore informó a El Diario que otra de las cuestiones que se definirá en el decreto reglamentario es el tenor de estas penas.
La ley indica que la comuna podrá confiscar los animales, clausurar los establecimientos de cría y adiestramiento, suprimir la licencia de tenencia, aplicar multas (que se duplicarán en caso de reincidencia). A su vez, las infracciones consideradas leves podrán ser conmutadas por trabajo comunitario.
 
El listado
La Ley Nº 10.029 considera perros potencialmente peligrosos a aquellos pertenecientes a una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas u otros animales. En su anexo la ley menciona las siguientes razas: Akita Inu, American Staffordshire, Beauceron, Boerboel, Bullmastif, Bull Terrier, Ca de Bou, Cane Corso, Cao da Serra da estrella, Cimarrón del Uruguay, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileño, Gran Danés, Gran Perro Japonés, Mastín Napolitano, Mastín Español, Mastín de los Pirineos, Ovejero Alemán, Pit Bull Terrier, Presa Canario, Rottweiler, Staffordshire Bull Terrier, Schnauzer, Tosa Inu.
Además se considerará potencialmente peligrosos a aquellos que hayan sido denunciados por agresión hacia personas, otros animales o bienes, cualquiera sea su raza.
 
Fuente: El Once Digital

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