Por Fernando Vega
“Todos los habitantes, gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano”, Art. 41 Constitución Nacional.
En estos tiempos, puede observase cada vez más a ciudadanos que exigen e invocan el derecho a un medio ambiente saludable, que incluye, con toda razón, el derecho a respetar la intimidad del hogar, que implica no ser invadidos o sufrir intromisiones no materiales, como lo son los ruidos molestos. Además de ello, se suman las condiciones del entorno que se ven afectados, cuando existen pub, boliches, fiestas clandestinas organizadas por redes sociales y diversos locales nocturnos, que afectan la vida cotidiana de los ciudadanos.
De la otra parte, los que generan estas situaciones, invocan el derecho a realizar lo que les parece en su domicilio, o local comercial, esgrimiendo, inclusive, el derecho a trabajar, como un derecho vulnerado por los vecinos reclamantes.
Esta situación existe y puede darse cuenta de numerosos casos que se registran en los grandes centros urbanos de la Provincia, y que por falta de tiempo, por desconocimiento de los lugares en donde reclamar por sus derechos, y en otros por carecer de dinero para el asesoramiento legal pertinente, no llegan a ser contabilizados entre aquellos que asumen visibilidad o conocimiento público.
Hechos que afectan la vida de los ciudadanos, como las descriptas anteriormente y en los cuales, de a poco, los ciudadanos van exigiendo el respeto a la intimidad de su hogar libre de intromisiones inmateriales, (ruidos molestos) y el respeto a un medio ambiente saludable.
Los vecinos, en su carácter de ciudadanos, deben invocar el derecho que les está siendo conculcado, ante las autoridades pertinentes, sea en el ámbito de la comisaría de jurisdicción, por tratarse de una violación al Código de Faltas o también a la oficina responsable de espectáculos públicos del municipio. Además de estas vías, queda libre la posibilidad de recurrir al ámbito judicial, para solicitar que se respeten sus derechos.
Es cierto, que en la comunidad riojana, poco se respeta la intimidad de los hogares vecinos, en términos de intromisiones inmateriales (ruidos de fábricas, de talleres de motos o autos, locales bailables, etc.) pero no por ello, el derecho ciudadano deja de existir, y por ende, la posibilidad de ser invocado.
A su vez, en todas estas situaciones, se requiere la presencia de un Estado provincial y municipal fuerte, que pueda llevar adelante, medidas que preserven el derecho de los vecinos a un ambiente tranquilo y al respeto de su intimidad. A tal fin, el Estado debe contar con un número importante de inspectores municipales, con apoyo de la fuerza de seguridad que puedan verificar el nivel de ruido en los lugares denunciados, con los instrumentos adecuados (y habilitados periódicamente por el organismo nacional de contralor (INTI).
Si no se cumple, puede ser pasible, inclusive el municipio, de reclamo judicial en el fuero civil. Es de destacar, un litigio que perdiera la Municipalidad de Rafaela, en un reclamo de un vecino, por no ejercer la función que le cabe, en garantizar el derecho a un medio ambiente saludable, y no demostrar que fiscalizaba adecuadamente, a los autores de situaciones que impactaban negativamente en los vecinos.
El Estado municipal y/o provincial, debe estar del lado del más débil, para proteger sus derechos: el vecino común.
Y el vecino, individual y colectivamente, puede invocar su derecho ante la Justicia, para lograr disfrutar de su intimidad en el hogar y de un medio ambiente saludable, conforme lo determina la Constitución Nacional.
Fuente: El Independiente
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