Luego de que una organización ambiental se opusiera a la obra en el dique.
El Bloque de Concejales del Frente Cívico y Social presentaron un proyecto solicitando se informe sobre la intención de obra del autódromo a construirse en el dique El Jumeal.
A continuación el proyecto de comunicación:
EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE COMUNICACION
ARTICULO 1º.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área pertinente, informe en un plazo de 15 días hábiles diversos aspectos relacionados con la obra del Circuito Semipermanente de Automovilismo a construirse en la zona donde se emplaza el Dique El Jumeal, sector Oeste de la Ciudad, los que a continuación se detallan:
1. Si existe proyecto de obra para la construcción del mismo y en caso afirmativo remita copia para conocimiento del Concejo Deliberante.
2. Informe el lugar donde se emplazará el circuito de automovilismo y la titularidad dominial de los inmuebles afectados a la ejecución de la obra.
3. Si se ha efectuado Evaluación de Impacto Ambiental sobre la obra que otorgue factibilidad al proyecto en cumplimiento de lo normado por el Artículo 39 de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 3933/05 y en caso afirmativo remita copia del mismo al Concejo Deliberante.
4. Si la obra afecta las parcelas 07-24-05-5542 y 07-24-05-7874 y fracción sin registro catastral destinadas por Ordenanza Nº 3540/02 a la creación del Parque Autóctono “El Jumeal” destinado a preservar la flora y fauna propia de la zona y sus características naturales.
5. Si se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 4360/2007 y su modificatoria Nº 5394/2012, que establece el “Régimen de Zonificación Preventiva de los Usos del Suelo de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca” y define a la zona de El Jumeal como Área de Preservación Ambiental con uso Limitado (APL) y el tratamiento específico al que debe ser sometida la misma.
6. Qué participación tiene la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca en la mencionada obra.-
7. Si para la ejecución de la obra existe Convenio con la Nación, Provincia de Catamarca, los Municipios involucrados o entes privados y en su caso en que consisten, cuando fueron suscriptos y remita copia certificada de los mismos al Concejo Deliberante para su conocimiento, a fin de poner a consideración el acuerdo del mismo, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 72º de la Carta Orgánica Municipal.
8. Los costos que implicará para la Municipalidad la ejecución de las obras a su cargo, que partidas se han destinado para el pago de las mismas, y si las obras serán directamente ejecutadas por el Municipio o tercerizadas, y en este último caso remita copia de las contrataciones efectuadas.
ARTICULO 2°.- DE Forma.-
Fuente: El Esquiú
La Rioja Municipal - La Rioja - Argentina