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21 de Agosto de 2012 - Capital

La Rioja-Conducir en estado de ebriedad: ¿una acción negligente?

Hace más de un año, Eliana Luján fue atropellada por el conductor de una camioneta que estaba ebrio. El domingo último, sucedió algo similar. Esta acción ¿es negligencia o implica otra consideración, tal vez como 'homicidio con dolo eventual'? El debate, ya es analizado por la Cámara Penal de La Rioja.

El domingo próximo pasado, Ricardo Antonio Santander, murió luego de ser atropellado por el conductor de una camioneta. El sospechoso, apenas tiene 18 años. Está detenido; el análisis de alcoholemia habría determinado que estaba alcoholizado. El muchacho, identificado como Ernesto Colque viajaba junto con una mujer de su misma edad, identificada como Yudith del Rosario Funes.
Una fuente policial, le dijo a EL INDEPENDIENTE, que Colque atropelló a dos personas e impactó contra la puerta de un automóvil que estaba estacionado. La primera persona a quien embistió, fue Erica Claudia Favián Tello, de 24 años. Según la fuente consultada, luego ocurrió lo mismo con Santander.
La fuente agregó, que el joven huyó de la escena del hecho, pero fue perseguido por otro vehículo en el que viajaban personas que habían presenciado la situación y pretendían atrapar al sospechoso. El vuelco de la camioneta puso fin al episodio, y con ello la detención de Colque.
El caso, tiene semejanzas con aquel siniestro que terminó con la vida de Eliana Luján, en febrero de 2011. El hecho, es analizado en un juicio público. El imputado, Horacio Nieto, reconoció que había consumido bebidas alcohólicas, y expresó que jamás pensó lo que iba a suceder. Dijo, que no vio a las chicas que atropelló.
Este juicio, tiene la particularidad que el acusado es juzgado por el delito de ‘homicidio simple con dolo eventual’, una figura especial que pocas veces tiene cabida en los casos de siniestros viales. Por lo general, cada muerte, a causa de estas acciones, recae en la figura del ‘homicidio doloso’.
¿Conducir ebrio es una negligencia? Para algunos abogados de la capital, que fueron consultados por este medio, la respuesta es un “si”, porque nadie que bebió alcohol conduce un vehículo con la intención de matar. “Lo hace por negligencia”, indicaron. El dolo eventual, marca una notable diferencia con el homicidio simple. En la primera figura, no hay una intención de matar (dolo), pero el sujeto que comete la acción sabe que puede causar un daño grave (como matar a alguien) y aún así, sigue con el acto.
En efecto, la Fiscalía le atribuye a Nieto haber conducido un automóvil sabiendo que era peligroso, porque sus sentidos estaban afectados por el consumo de alcohol. Considera que el sujeto tuvo presente esa situación, pero no hizo nada para evitarla.
Con el caso Santander, la Fiscalía de Capital tiene otra vez una causa que encuentra varios puntos de conexión con la muerte de Eliana Luján. En los próximos días, la Fiscalía y el juez de Instrucción que investiga el hecho, deberán definir la situación procesal de Colque, y con ello establecer el delito que se le atribuye. ¿Será homicidio culposo u homicidio con dolo eventual?
El debate, ya tiene cabida en un juicio público y será un antecedente para el caso Santander. Asimismo, el caso Eliana también demostró que los peritajes que se hicieron al vehículo que participó del siniestro, fueron deficientes, ya que la Policía no tenía recursos para revisar el objeto con precisión.

Fuente: El Independiente

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