10 de Marzo de 2014 - Julián Dominguez
JDP-Doce respuestas a las inconsistencias de Sergio Massa sobre el Código Penal
Pese a que está prohibido por la Constitución, el líder del Frente Renovador insiste en juntar firmas para oponerse al anteproyecto. Un cotejo entre las afirmaciones del diputado y lo que expresa el texto, revela la falacia del debate.
En su afán de diferenciarse, el ex intendente de Tigre Sergio Massa, anunció que saldría a buscar firmas contra la reforma del Código Penal. La Constitución Nacional prohíbe expresamente, en su artículo 39, la presentación de iniciativas populares en materia penal. La doctrina, por otra parte, sostiene que las cuestiones penales tampoco pueden ser sometidas a consulta popular. Sin embargo, Massa ya comenzó a hacer llamados telefónicos en los que tergiversa las principales líneas del anteproyecto y hasta lanzó una página web, #NoAlNuevoCodigoPenal, en la que busca darle visibilidad a su postura.
El sitio massista presenta un compendio de 19 eslóganes que buscan resumir las 584 páginas del texto. Un repaso por las premisas del Frente Renovador permite ver que en algunos casos descontextualiza, en otros miente y hasta desinforma sobre las innovaciones que se han propuesto al Código. A continuación, una síntesis de las falacias planteadas por el diputado tigrense.
1. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "Se eliminaría la reincidencia: robar una o cien veces sería lo mismo según el nuevo código."
DICE EL ANTEPROYECTO: para el Código actual, robar dos veces es peor que cometer un asesinato. El anteproyecto elimina las figuras de peligrosidad y reincidencia, que facultaban a los jueces a condenar a las personas por las acciones que hubieran cometido en el pasado, estableciendo una suerte de futurología sobre su conducta. La cuestión de la reincidencia fue una de las pocas cuestiones en que hubo disidencias entre los integrantes de la comisión. El diputado Federico Pinedo propuso mantener esa figura como agravante de la pena. En diálogo con el sitio INFOnews, el coordinador de la comisión Roberto Carlés defendió el cambio propuesto en el texto. "La reincidencia es una institución inútil y de dudosa legitimidad. La principal aplicación que tiene en la actualidad es la de negar la libertad condicional al reincidente. Para ello no importa si el condenado lo ha sido por dos delitos leves, por ejemplo, el libramiento de un cheque sin fondos y una defraudación menor. Y sin embargo sí se lo puede conceder a quien fue autor de un solo delito, pero gravísimo. No parece una respuesta racional ni mucho menos justa. Parecería que el Estado se preocupa más por enviar un mensaje a quien transgredió en forma reiterada el derecho que a quien ha causado mayores daños."
2. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "Los delincuentes podrían cumplir condena en su casa en el 86% de los delitos según el nuevo código."
DICE EL ANTEPROYECTO: se suprime la libertad condicional y se incorporan las penas alternativas a la prisión para los delitos de gravedad media y leve, no para los delitos graves. Las penas alternativas a la prisión, reservadas para ese tipo de delitos, no se reducen como dice Massa a la detención domiciliaria. La incluyen en un abanico más amplio en el que figuran la detención de fin de semana; la obligación de residencia; la prohibición de residencia y tránsito y la prestación de servicios a la comunidad, más conocido como probation. "El cumplimiento de estas penas alternativas, en lugar de la libertad o condenación condicional, implican un mayor control y una mayor asistencia al liberado, lo que se traduce en una menor posibilidad de reincidencia. Esto significa mayor prevención, menor ejercicio de violencia y, por ende, menores costos para el Estado", apuntó Carlés. Tampoco se entiende de dónde sale ese 86 por ciento.
3. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "De aprobarse el nuevo código penal, 17 mil delincuentes que hoy están presos podrían salir a la calle."
DICE EL ANTEPROYECTO: no va a disminuir la población carcelaria actual, a pesar del hacinamiento en el que viven la mayoría de los detenidos. Así lo explicó Carlés: "La sola implementación de penas alternativas no implica una disminución de la población carcelaria, lo que depende más de otros factores, como la legislación procesal o el establecimiento o no de cupos."
4. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los delincuentes: el 82% de los delitos sería excarcelable."
El presidente de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, explicó en una columna publicada por el diario Página/12, "el Código Penal no regula el instituto de la excarcelación, materia asignada a la legislación procesal penal que dicta cada jurisdicción. Por ende, la referencia a que la iniciativa de reforma atenúe la prisión preventiva es errónea". Los supuestos bajo los cuales un juez puede dictar la excarcelación de un detenido figuran en el artículo 317 del Código Procesal Penal; no tiene nada que ver con el debate por el Código Penal. Además, es una materia que luego legisla cada provincia.
5. DICE EL FRENTE RENOVADOR: El nuevo Código promueve "la excarcelación" en 6 de sus 19 eslóganes.
DICE EL ANTEPROYECTO: el massismo dice en su página que el nuevo Código convierte en excarcelables a los delitos de tráfico y venta de droga; robo con armas de fuego; entraderas y salideras; y extorsión. El debate por estos temas llegará con el análisis del Código Procesal Penal, que también se producirá este año.
6. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los delincuentes: bajarían las penas de 146 delitos."
Tal como explicó el secretario de Jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa Gustavo Arballo en una columna publicada en Tiempo Argentino: "En primer lugar, es necesario entender que la discusión de un Código Penal no debe reducirse a un cómputo en bruto sobre montos de penas aisladamente consideradas. Aun recogiendo ese guante, no se tarda en advertir que la imagen de un cambio de sesgo 'benevolente' o 'desincriminatorio' es falsa tan pronto se ve la imagen completa de un anteproyecto donde vemos 178 casos en donde las penas suben y 129 en que bajan, 85 nuevos delitos y 14 que desaparecen, muchos de ellos obsoletos como el del duelo".
7. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los narcotraficantes: el tráfico y la venta de drogas serían excarcelables."
DICE EL ANTEPROYECTO: más allá de la cuestión procesal que fue explicada en los puntos 4 y 5, lo cierto es que el nuevo Código no promueve una baja en la pena por el delito de contrabando de estupefacientes y elementos peligrosos. El artículo 170 del nuevo Código establece las mismas penas que el artículo 866 del texto vigente: prisión de tres a 12 años a los responsables de cometer esos delitos.
8. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los asesinos: se bajaría la pena para los homicidios agravados."
DICE EL ANTEPROYECTO: es temerario afirmar que el nuevo Código constituye "un premio a los asesinos". El anteproyecto fija la pena para homicidios agravados de diez a 30 años, la máxima pena prevista en todo el Código. Massa dice que hay una baja porque se elimina la figura de prisión perpetua, declarada inconstitucional por la Corte Suprema en 2006. Además, la pena para los homicidios simples se mantiene igual que en el Código vigente. "Es importante destacar que, mientras que hoy un condenado a perpetua puede salir a los 18 años o antes incluso, con nuestra propuesta deberá pasar al menos los dos tercios de la condena en prisión, es decir, 20 años, y si mediaren circunstancias de máxima gravedad, la pena completa en prisión. Por lo que, en realidad, se agrava la pena", precisó Carlés.
9. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los violadores: se bajaría la pena para la violación agravada."
DICE EL ANTEPROYECTO: las penas para los casos de violación se mantienen como están en el Código actual: prisión de 6 a 15 años. En el caso de la violación a menores de trece años, la pena sube de seis a 15 años a seis a 18 años. En el caso el abuso sexual gravemente ultrajante –introducción vaginal o anal de objetos o miembro no sexual– se baja la mínima de cuatro a dos años y la máxima se mantiene en diez. Se mantienen los agravantes de la violación del actual Código y se quita el supuesto del portador de enfermedad de transmisión sexual grave, si hubiere existido peligro de contagio. Se incorpora como agravante además el hecho de que el delito sea cometido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones.
10. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los secuestradores: el secuestro seguido de muerte intencional ya no será penado con prisión o reclusión perpetua."
DICE EL ANTEPROYECTO: eso sucede básicamente porque se elimina la prisión perpetua, como se indicó anteriormente. Si bien es cierto que bajan las penas mínimas –en el caso del secuestro de persona de cinco a cuatro y en el caso de que se produzcan agravantes, de ocho a cuatro–, el actual Código pena con mayor severidad a un secuestro que a un homicidio. Esa inconsistencia, que el nuevo texto viene a reparar, es producto de la llamada Ley Antisecuestros, la 25.742. Para devolverle progresividad y coherencia al Código Penal, la pena máxima para estos casos pasa de 25 a 20 años.Las excarcelaciones son materia del Código Procesal Penal y no del Código Penal
11. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los torturadores: también se bajaría la pena."
DICE EL ANTEPROYECTO: el mínimo se mantiene en pena de prisión de ocho años y el máximo se reduce de 25 a 20. Lo que no dice Massa es que sube la pena para el funcionario público que omite evitar una tortura: pasa de un mínimo de tres y un máximo de diez a un mínimo de cinco y un máximo de 15.
12. DICE EL FRENTE RENOVADOR: "El nuevo código es un premio para los abusadores de menores: se bajaría la pena para la figura de corrupción de menores."
DICE EL ANTEPROYECTO: esa afirmación es falsa. El delito de corrupción de menores se redefine en el artículo 133 del anteproyecto como "la realización de conductas determinadas, con continuidad, que tengan como víctima a un menor de trece años". Cuando sea cometido con continuidad, el máximo de la pena será de 12 años cuando ahora es de 15. El mínimo pasará de seis meses a tres años. Además, sube la condena máxima de cuatro a cinco años para los casos en que un mayor de edad tome contacto con un menor de trece años, mediante conversaciones o relatos de contenido sexual, con el fin de preparar un delito de este tipo. En el caso de las enfermedades de transmisión sexual, si se la transmite, concursa con el delito de lesiones graves, que implica una pena mayor.
Textuales
"Mientras que hoy un condenado a perpetua puede salir a los 18 años o antes, con nuestra propuesta deberá pasar al menos 20 años."
Roberto Carlés, coordinador de la Comisión Redactora
"La imagen de un cambio de sesgo benevolente es falsa. Vemos 178 casos donde las penas suben y 129 en que bajan."
Gustavo Arballo, profesor Universidad Nacional de La Pampa
Fuente: Tiempo Argentino (Caba)