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18 de Abril de 2013 - Concejo Deliberante

La Pampa-Tránsito: proponen que funcionarios infractores paguen el doble de la multa

La concejala Viviana Rodríguez (Comunidad Organizada) presentó un proyecto de ordenanza para que los funcionarios municipales, provinciales o nacionales que cometan infracciones de tránsito paguen el doble de la multa prevista en la ordenanza tarifaria.

 

La iniciativa establece que para el caso de los funcionarios municipales, el Departamento Ejecutivo a partir de la vigencia de esta ordenanza, remitirá el padrón actualizado al Juzgado de Faltas, con indicación de nombre y número de documento de todo el personal que corresponda a la categoría de funcionario y pertenezca al ámbito del Ejecutivo o del Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa.
Cada vez que se produzca un cambio en la planta de funcionarios de la Municipalidad deberá ser comunicado en un plazo no mayor de cinco días hábiles de producido el mismo.
El Juzgado de Faltas deberá informar en igual término y a contar desde la aplicación de la sanción que corresponda si el infractor sancionado es funcionario municipal. La información será remitida al Departamento Ejecutivo Municipal.
El intendente podrá requerir información al respecto si la multa impuesta fue debidamente abonada o en su caso el trámite del proceso contravencional.
También podrá requerir a cualquier funcionario del ámbito de la municipalidad de Santa Rosa, que acredite la inexistencia de infracciones de tránsito mediante la presentación del libre de deuda pertinente o certificación del Juzgado de faltas al respecto.
 
Sanciones disciplinarias
El proyecto de Rodríguez prevé también la posibilidad de aplicar sanciones disciplinarias por parte del intendente al funcionario infractor teniendo en cuenta la reiteración de infracciones de tránsito que se informen y/o la gravedad de las mismas.
En el procedimiento sancionatorio, se dará intervención a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad a efectos que determine el trámite a aplicar en el caso y de modo tal, que se aseguren al infractor sus elementales derechos vinculados con el debido proceso y la defensa en juicio.
En el ámbito de ese procedimiento, se indicarán al funcionario las sanciones que en su caso se pueden llegar a aplicar, como asimismo el procedimiento que se implementará al respecto de la instrumentación del mismo.
 
Fuente: Diario Textual

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