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30 de Agosto de 2012 - Buenos Aires

Bs. As.-Proponen crear la herramienta de PP para Luján

El Bloque del PJ-FpV presentó en el Concejo Deliberante un proyecto para incorporar la participación de los habitantes del partido en las decisiones de Obras y Servicios Públicos tal como sucede en varias ciudades.

“La herramienta de Presupuesto Participativo, entendido como el proceso donde la comunidad es la que a través de un mecanismo de debates y consultas establece y decide la asignación de los recursos públicos municipales, así como dónde y cuándo realizar las inversiones, cuáles son las prioridades y cuáles son los planes y acciones que debe llevar a cabo el gobierno municipal” indican los ediles en el proyecto que se tratará mañana.
Aclaran que quee “dichos mecanismos no intentan reemplazar ni limitar las competencias de las autoridades del gobierno local constituidas legítimamente a través del sufragio popular, sino, por el contrario, perfeccionar la gestión de aquellas, mediante un más acabado conocimiento de todos los problemas, proyectos y necesidades de nuestra comunidad, compatibilizando el principio constitucional de democracia representativa, con el de democracia participativa”.

Texto de la Ordenanza a debatir

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Créese el Programa “Presupuesto Participativo Popular” en el Partido de Luján, a través del cual, Gobernantes y gobernados deciden la utilización de un porcentaje del Presupuesto Municipal, a través de una mecánica participativa determinada.

ARTICULO 2º: Una parte del presupuesto Municipal anual se confeccionara
desde el año 2012, para ser ejecutado a partir  del año 2013 mediante la modalidad legislativa y administrativa conocida como “Presupuesto Participativo”. Se comprometerá progresivamente el 5% del Presupuesto Municipal el primer año, el 7 % el segundo año, 10% el tercer año de lo asignado a la Jurisdicción de Obras y Servicio Públicos.

ARTICULO 3º: El departamento ejecutivo, a través de la Secretaria de  Economía y la de Gobierno convocarán a las Organizaciones Intermedias para la conformación de un “Foro de organización y seguimiento del Presupuesto Participativo”. El mismo estará conformado en partes iguales por el Ejecutivo Municipal, el Honorable Concejo Deliberante y las organizaciones intermedias locales. Asimismo se designara una Secretaria Ejecutiva y de Asistencia Técnica con funciones de apoyo y asesoramiento.

ARTICULO 4º: A fin de su implementación se formará un Consejo provisorio de Presupuesto Participativo. Integrado por un representante de cada Secretaría del Ejecutivo y por el Presidente de cada uno de los Bloques del Honorable Concejo Deliberante. Dicho Consejo tendrá la primera fase del diseño del Presupuesto Participativo; podrá determinar la división territorial en zona, para facilitar la vinculación entre vecinos en el desarrollo de las diversas instancias de participación y confeccionará el Primer Reglamento, el cual deberá ser aprobado por este Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 5º: Asimismo, para la consecución de los objetivos propuestos el Consejo provisorio de Presupuesto Participativo deberá:
a) Generar y sistematizar la información relativa al presupuesto municipal de modo tal que resulte clara y comprensible para la ciudadanía.
b) Garantizar el libre acceso a la información pública de manera completa, veraz, adecuada y oportuna.
c) Difundir el régimen participativo para la formulación, elaboración y seguimiento del presupuesto de gastos, recursos Municipal.
d) Asegurar la formalidad y accesibilidad en las instancias de participación pública.
e) Implementar una participación homogénea en todo el Distrito.-

ARTICULO 6º: La participación de los Ciudadanos en la discusión, elaboración y seguimiento del Presupuesto Participativo, deberá institucionalizarse a través de la realización de foros y / o asambleas vecinales periódicas.
Podrá implementarse a través de instancias basadas en un criterio territorial y temático:
a) Territorial: Se asegurará un espacio de debate, de elaboración o de seguimiento respecto a las prioridades de gastos, de distribución de los recursos asignados y de inversión para esa zona o ámbito territorial en particular.

b) Temático: Se asegurará un espacio de debate, de elaboración o de seguimiento respecto a las prioridades de gastos, de distribución de los recursos asignados y de inversión, pero en relación a determinados núcleos temáticos que competen a toda la jurisdicción, tales como: Salud, Educación, Obras Públicas, Servicios Públicos, Medio Ambiente, Justicia, Seguridad, Cultura,

ARTICULO 7º: En las diferentes instancias de participación previstas, la autoridad competente del Departamento Ejecutivo, deberá proporcionar las informaciones técnicas indispensables para la discusión, elaboración, seguimientos y control del Presupuesto Participativo.

ARTICULO 8º: El Foro de Organización y Seguimiento del Presupuesto Participativo entregará al Departamento Ejecutivo la propuesta de Presupuesto Participativo correspondiente a cada año antes del día 30 de septiembre del año inmediato anterior, y éste lo elevará integrado como parte del Presupuesto Municipal Anual en el plazo establecido en el artículo 109 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
El Departamento Ejecutivo deberá entregar al Foro de Organización y Seguimiento del Presupuesto Participativo, como recibida una copia sellada y firmada por el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 9º: De acuerdo a la experiencia de discusión en los Foros Barriales y a las sugerencias surgidas en el debate, el Foro de Organización y Seguimiento del Presupuesto Participativo podrá proponer anualmente las modificaciones a la reglamentación de esta Ordenanza que mejor aseguren el cumplimiento de los objetivos propuestos.
ARTICULO 10º: De forma.

Fuente: Noti Lujan

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