Al llegar al ocaso de mi vida ya que voy pisando los 80, me considero con la obligación y el deber que marca a aquellos que como el suscripto, que en las buenas y en las malas ha sabido llevar con dignidad las dificultades ocasionadas de sucesivos gobiernos, sin especificar épocas, pero siempre con el ideal de ser un artífice más aspirando la felicidad de su pueblo.
Habiendo sufragado en las últimas elecciones la lista del "Frente Justicialista para la Victoria y del Partido Justicialista" en la convicción de que sus candidatos, concretarían las aspiraciones de todo un pueblo, este anhelo se vio cristalizado con el elevado porcentaje de votos.
Pero es del caso señalar que a través del tiempo han comenzado a surgir diferencias por parte del gobierno y el municipio capitalino, basado en intereses económicos que hacen a la legalidad constitucional y jurídica. A esto lo conocemos con tristeza cada día que pasa, y si no se cambian las posiciones el futuro de la Provincia será incontrolable, porque un abismo lleva a otro abismo.
Tanto la dirigencia que apoya al Gobernador como al intendente municipal, con el cuál me encuentro identificado, no disimulan esta situación y el ambiente se vuelve irrespirable y el malestar nos se cambia con artículos y propagandas ni tampoco con discursos alusivos.
El momento de la reflexión sólo será posible haciendo realidad la vigencia del art. 154 de la Constitución Provincial, que en su prólogo a la reforma efectuada en 1998, el entonces presidente de la Convención, ejercida por el actual gobernador, destacó: "Respondiendo a las exigencias de los tiempos, y en este contexto democrático que hoy gozamos, los riojanos hemos reformado la Constitución, adaptándola a la Carta Magna Nacional de 1994, y fundamentalmente a los requerimientos de una comunidad que en su permanente evolución requiere institutos ágiles y eficientes, seguros y confiables que le permitan afrontar el desafío que el futuro impone".
En otro de sus párrafos señaló: "En este contexto, los conceptos rígidos y el excesivo racionalismo han de dejar espacio a la prudencia flexibilidad que debe regir el desenvolvimiento de las instituciones, preservando principios rectores que tiendan a la convivencia armónica, al respecto de los derechos inalienables, y que permitan la justicia social en paz y libertad".
Tan meduloso y convincente fue su breve discurso, que muchos hasta hoy creímos en la veracidad y sinceridad de sus dichos, prueba de ello fue la aceptación con gusto de su elección como vicegobernador y con posterioridad como gobernador .
En aquella oportunidad también se fijó para las próximas elecciones la figura que por primera vez las comunas contaría con el viceintendente municipal.
Entre 1971/72, integré el equipo de gobierno de Juan Antonio Bilmezis, un hombre honesto que muy pocos recuerdan y fue la época en que la Provincia vivió una auténtica democracia, respetando a raja tabla las estructuras políticas que hacen al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y de forma muy especial al ejido municipal cuyo intendente era Hugo César Pelliza, quien junto a sus colaboradores inmediatos, asistían a las reuniones de gabinete que se concretaban en la casa de gobierno.
Con el paso de los años pareciera ser que las responsabilidades van cambiando las áreas, tareas propias del municipio las lleva a cabo el Ejecutivo Provincial, no sin considerar que la mayoría de ellas cuenta con el beneplácito y la aprobación general, pero que son propias y las debiera llevar a cabo la Municipalidad de Capital, con las sugerencias que hacen a estos emprendimientos.
Hoy, con un Concejo Deliberante funcionando, se desconocen sus resoluciones, que debieran ser ley para todos los habitantes de la ciudad, teniendo en cuenta que las mismas son aprobadas por la mayoría de los ediles, con el agravante de que el principal Poder del Estado, fija una posición donde debería inhibirse, ante los recuerdos efectuados en contra de las disposiciones comunales fijando los horarios en los casinos y por parte de una entidad empresarial reclamando por la tasa en los servicios.
El momento de la reflexión debe llegar a la Cámara de Diputados, por ser los responsables de legislar si corresponde o no la sanción de la ley que establece la aplicación del Art. 154 de la reformada Constitución Provincial, ya que la misma fue aprobada y sancionada por la Asamblea Constituyente en su sala de sesiones "Angel V. Peñaloza" el 14 de agosto de 1986 y publicada en el Boletín Oficial el 5 de septiembre de 1986, estableciéndose que "esta Constitución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial".
Las reformas establecidas en aquella oportunidad en el capítulo X, referente a la Autonomía de la Función Municipal, su Art. 154 dice: "Los Municipios tienen autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera. La Legislatura sancionará un régimen de coparticipación en el que la distribución entre la Provincia y los municipios se efectúe en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada uno de ellos, contemplados criterios objetivos de reparto y sea equitativa, proporcional y solidaria, dando prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades. La autonomía que esta Constitución reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna. Ya van a cumplirse 26 años y salvo falsas promesas, nada se ha hecho al respecto.
RUBÉN R. SANTILLÁN
Fuente: El Independiente
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