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20 de Diciembre de 2011 - Río Negro

Río Negro-Con cuánto llegan, con cuánto se van

Funcionarios actuales y salientes ante el Tribunal de Cuentas.

VIEDMA - Más de medio centenar de declaraciones juradas por día se recepciaron a lo largo de la última semana en el Tribunal de Cuentas, la mayoría de ellas correspondientes a los funcionarios salientes de los tres poderes del gobierno provincial.
Tanto quienes ocuparon cargos políticos en la administración saliente, como todos aquellos empleados y agentes con manejo de fondos, al caducar esas responsabilidades tienen diez días para la presentación de la documentación que dé cuenta de su situación patrimonial.
Para ello, el Tribunal de Cuentas entrega a cada uno de los incluidos en esas categorías un formulario que debe ser completado y luego introducido en un sobre lacrado que queda archivado y resguardado en una caja de seguridad durante un mínimo de tres años.
Después, si ningún titular de poder, autoridad judicial, organismos de control, entes tributarios o financieros las solicita para alguna investigación particular, las declaraciones juradas pueden ser sometidas al expurgo, previa autorización de quien la entregó o devuelta a su responsable.
Los integrantes del Tribunal de Cuentas, Carlos Malaspina y Pedro Casariego indicaron a "Río Negro" que desde que la Ley 3.550 de Etica e Idoneidad en la Función Pública entró en vigencia se han acumulado alrededor de 4.300 declaraciones juradas. La norma establece, en su capítulo II, que los funcionarios entrantes deberán presentar una declaración jurada de bienes dentro del término de los treinta días de hacer efectivo el cargo.
Tienen obligación de presentarla el gobernador, ministros, secretarios y subsecretarios y todo funcionario de designación política del Poder Ejecutivo, vicegobernador, legisladores, secretarios y directores o cargos equivalentes de designación política de la Legislatura, jueces del Superior Tribunal de Justicia, secretarios, fiscales, defensores y asesores, magistrados y demás funcionarios del Poder Judicial, jueces de Paz titulares.
También los representantes designados por el Poder Ejecutivo en empresas del Estado, con participación estatal provincial o que administren patrimonios del Estado Provincial, el personal policial a partir de la jerarquía de subcomisario y aquel personal que sin ostentar dicha jerarquía sean jefes de dependencia.
Otros obligados son el defensor del Pueblo, el fiscal de Investigaciones Administrativas, integrantes del Tribunal de Cuentas, fiscal de Estado, Contador General de la provincia y funcionarios de dichos organismos, los agentes públicos con categoría no inferior a la de subdirector, personal de conducción o equivalente, que presten servicio en el sector público y toda aquella persona, cualquiera sea su vinculación con el Estado Provincial, que administre fondos públicos.
La declaración jurada incluye los bienes, en el país y en el extranjero, del declarante, de la sociedad conyugal, los propios del cónyuge o del concubino, los de los hijos menores y mayores a cargo.

Fuente: Diario Río Negro

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