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7 de Junio de 2012 - La Rioja

La Rioja-Santander: "Distribución legal o ilegal de los recursos"

Así como la Coparticipación Federal divide los ingresos nacionales entre la Nación por una parte y las provincias por la otra, la Coparticipación municipal divide los ingresos provinciales entre el estado provincial por un lado y los estados municipales o departamentos por el otro.

Este sistema funciona de modo simple: un porcentaje de todos los ingresos lo administra el gobierno provincial ( según ley de presupuesto anual de la Legislatura) y el resto se divide entre los departamentos  siguiendo indicadores de desarrollo , poblacional etc.,  y lo administran los gobiernos municipales ( según la distribución anual realizada por los Concejos Deliberantes).
Las funciones del  estado provincial  y de los estados municipales  están perfectamente delimitadas, de modo tal que los municipios reciben automáticamente en su cuenta bancaria el dinero para cubrir los gastos que demande los sueldos del personal,  obras,  servicios y demás necesidades.
Asi funcionan todos los estados provinciales y municipales del país excepto La Rioja, debido a la inexistencia de una ley de Coparticipación Municipal  aun cuando es mandato de nuestra Constitución Provincial que en su art. 168 dice:
“Los municipios tienen autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera. La Legislatura Provincial sancionará un régimen de coparticipación municipal en el que la distribución entre la provincia y los municipios se efectúen en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada uno de ellos, contemplando criterios objetivos de reparto y sea equitativa, proporcional y solidaria, dando prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades. La Autonomía que esta Constitución  reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna”.
Este artículo fue incorporado a nuestra Constitución en la reforma total de 1986 cuya Asamblea Constituyente fue integrada por  juristas de la talla de Ricardo Mercado Luna, Jorge Bóveda y Domingo Tulian para citar solo algunos.
Quien lo lea detenidamente observará que los principios de equidad, solidaridad e igualdad de oportunidades están expresamente señalados para que la ley de coparticipación sirva al logro de una provincia desarrollada con armonía.
Han pasado 26 años y el mandato constitucional no se cumple y sus consecuencias están a la vista: en la década que va del 2000 al 2010, once  departamentos han perdido población y sus economías han decaído notoriamente. El éxodo de los pueblos de nuestro interior hacia la ciudad capital o a otras provincias es el signo irrebatible de esta falencia institucional que permite la distribución arbitraria, inequitativa e injusta de los recursos según el criterio de una sola persona, el gobernador de la provincia.
Resulta incomprensible desde el interés general contemplado en nuestra Carta Magna el rechazo de los intendentes y en especial de los diputados que se supone  representativos de los pueblos del interior a sancionar una ley que seguramente beneficiará a esos pueblos porque en la Legislatura son mayoría.
Solo puede entenderse si la actual  distribución personal de gobernador a intendentes, a diputados y a organizaciones o sociedades de legalidad precaria se vehiculiza por caminos oscuros hacia intereses individuales o de grupo.
Carlos Santander

Fuente: Rioja24

URL NOTA: http://www.lariojamunicipal.com.ar/index.php?modulo=notas&accion=ver&id=16067