Por Omar N. Livigni
Tanto el extinto Carlos Soria como el actual gobernador Alberto Weretilneck, ambos en representación del FpV, fijaron como ejes centrales de su propuesta política, antes y después del 10 de diciembre, la promesa de promover una profunda revisión en la justicia rionegrina.
Las consignas eran que el poder judicial debería sufrir un recambio profundo para acabar con la sensación de impunidad, y que el servicio de justicia funcionara en forma rápida, eficiente y con independencia del poder político.
Es poco lo que se ha hecho en esta materia y mucho lo que resta por hacer si se tiene en cuenta que, en este particular momento de la vida institucional de la provincia, el poder judicial presenta en su vértice dos vacantes de jueces sobre tres, computando el alejamiento de los doctores Luís Lutz y Alberto Balladini del máximo tribunal rionegrino.
Además se ha hecho saber públicamente la imputación formulada por un juez en lo penal al Dr. Víctor Sodero Nievas, el único juez en funciones del alto cuerpo, así como al administrador y el ex fiscal de estado.
Y esto ocurre cuando todavía no hay certezas sobre la convocatoria al denominado “consejo grande de la magistratura” para completar definitivamente la cúpula del poder judicial, con la designación de los magistrados faltantes.
Según se sabe las propuestas recaerían en Edgardo Albrieu, actual juez en Cipolletti y Enrique Mansilla, abogado del foro de Bariloche.
A estas demoras e inconvenientes en la conformación de la pirámide judicial, se agrega el entorpecimiento funcional de subrogancias y suplencias generadas en los otros niveles, determinados principalmente por el proceso de retiros y jubilaciones sucedidos en el transcurso de los últimos tiempos. Es un clamor que se escucha en todos los foros de abogados de la provincia que las vacancias de magistrados han sido tan numerosas, que se ve resentido en su funcionamiento el servicio de justicia.
Los problemas se advierten especialmente en el cumplimiento de los plazos procesales, con el riesgo de perder precisión en las decisiones de fondo.
Se desprende que esto tiene incidencia en los juicios comunes y en el interés de los litigantes en general.
Y no escapa al criterio de nadie, que en este estado de verdadero desmantelamiento del aparato judicial, resultará muy difícil realizar con éxito investigaciones sobre algunos casos emblemáticos de presuntos delitos contra la administración pública, que son de interés del actual gobierno y la sociedad rionegrina, teniendo en cuenta que el simple paso del tiempo es el mejor aliado para diluir las pruebas y los elementos determinantes de la verdad.
Ahora recién se sabe que el Consejo de la Magistratura avanzará durante todo febrero con los concursos para cubrir decenas de vacantes en las cuatro circunscripciones judiciales, lo que ayudará a superar, en parte, esta mas que inquietante situación de virtual acefalía judicial que preocupa a toda la sociedad.
En 1958 una de las tareas más importantes del primer gobierno de Río Negro fue poner en marcha el Poder Judicial, en una novel provincia que carecía prácticamente de abogados.
El gobernador Castello reclamó al presidente Frondizi y así llegaron quienes fueron después respetados jueces y magistrados como José Faccinetti Luiggi, Sergio Guerra, Roberto Martines y Augusto Arenea.
Vinculado con este comentario, en la última sesión legislativa se presentó un proyecto de enmienda del Artículo 203 de la Constitución de Río Negro donde se suprime su Inciso 4º referido a las condiciones de residencia de por lo menos dos años inmediatos anteriores a la designación de un miembro del Superior Tribunal de Justicia. El autor de la iniciativa fue el legislador Martín Doñate, quien recordó la promesa electoral en ese sentido del desparecido Carlos Soria.
EL CALVARIO DEL JUEZ SODERO NIEVAS
Seguramente el Dr. Víctor Sodero Nievas, teniendo en cuenta las turbulencias que la han tocado vivir en estos últimos meses, contrariando aquel apotegma creado por Perón, está convencido de “que para un peronista no hay nada peor que otro peronista”. Es que, proveniente de esa extracción política son los dirigentes que vienen poniendo a prueba su estabilidad en el máximo tribunal de la provincia, y han hecho toda una profesión de fé para que abandone su cargo.
La relación de Sodero Nievas con distintos sectores del gobierno, especialmente con el denominado “sorismo”, ha sido difícil e inestable con intermitencia de momentos neutros y malos. Este vínculo con perfiles cuasi-esquizofrénicos entre las partes, se verá patentizado cuando el acosado juez, a pesar de todo, aparezca en las fotografías presidiendo las reuniones del Consejo de la Magistratura en los días venideros.
Los pronósticos que se conjugan en el gobierno no son favorables para Sodero Nievas. Si bien le reconocen una sólida formación y solvencia jurídica, lo consideran un juez con su ciclo cumplido y una figura incompatible con los nuevos tiempos que se avizoran en la justicia.
Pero no es la primera vez que Sodero Nievas, un experto en sobrevivir a este tipo de avatares, pueda decir como Juan Zorrilla en su obra Don Juan Tenorio “… los muertos que vos matáis gozan de buena salud” o bien aquello de que “lo que no mata, fortalece”.
LA REFORMA DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL
En este marco de dudas y críticas con respecto al estado actual de la justicia rionegrina, el hecho positivo es el proyecto de reforma del Código Procesal Penal, que constituye un paso adelante en la salud institucional de la provincia.
Se trata de una verdadera urgencia que había planteado la administración anterior y que ahora impulsa el gobernador Weretilneck y anticipa una nueva etapa. Estará signada por la necesidad de un proyecto que permita transformar la administración de justicia penal que la comunidad está reclamando.
Se diseñará así un procedimiento adecuado a los mandatos constitucionales en materia de respeto por las garantías del acusado y los derechos de la víctima involucrados en el proceso penal.
Debe recordarse el compromiso asumido por las actuales autoridades provinciales de acabar con la impunidad de los delitos contra la administración pública y las causas relacionadas con la corrupción, de manera que la sociedad pueda volver a confiar en la transparencia del poder judicial.
Se dejará atrás como una especie de rémora el sistema inquisitivo y sus juicios característicos, que jugaron un rol fundamental y negativo en la anulación por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de la II Circunscripción Judicial, que condenaba al titular del conocido “caso Sandoval” por el aberrante triple crimen de Cipolletti.
La premisa es ir hacia el procedimiento acusatorio, al que se quiere arribar por estar inscripto en la Constitución Nacional y los reclamos de los Pactos Internacionales.
Pero siempre debe considerar que las leyes por mas acabadas y previsoras que fueren, no corrigen los defectos funcionales.
LAS FALLAS DEL SISTEMA JUDICIAL
El diseño de la justicia, tanto nacional como provincial, sobre todo en las causas penales más resonantes y vinculadas al poder político, es donde los ciudadanos sin ser especialistas observan las fallas en el poder judicial. Así se notan anomalías, paradojas y hasta extravagancias –según como se las quiera llamar-, donde hay jueces que no quieren investigar y jueces que pese a querer, no pueden.
La presencia de estas dos variables es la clave en materia de la impunidad en hechos de corrupción pública y de los denominados “crímenes económicos”, cuyas referencias llenan todos los días las paginas de los diarios metropolitanos o nacionales, y las pantallas de los canales de televisión.
En la Argentina y Río Negro hay jueces dignos pero las deficiencias del sistema, en muchos casos, no les permitieron torcer las tendencias a la impunidad.
Aquí hubo casos de delitos económicos donde la justicia tuvo que acudir a peritajes técnicos y sólo logro convocar a meros aficionados que no sabían siquiera ni interpretar un balance.
Sin pruebas las sentencias resultan livianas y sin ningun rigor, casi de compromiso, y fueron acentuando el desprestigio del poder judicial y el escepticismo de la gente.
El juez que quiere investigar y no puede es aquel que se encuentra limitado por la insuficiencia de recursos materiales y humanos, y por las vetustas normas judiciales que empantanan el proceso.
Uno de los condicionamientos se origina en una conformación del Consejo de la Magistratura, órgano de selección y renovación de jueces, dominados por representantes de la corporación política, muchos de ellos pertenecientes al agrupamiento partidario que detenta el poder. Otro de los impedimentos es la falta de una policía judicial para evitar algo insólito: que la justicia tenga que recurrir a las fuerzas del propio poder que debe investigar.
Un estudio sobre la investigación y persecución de delitos complejos, elaborado por el Centro de Estudios de Justicia de América Latina, advirtió que en Argentina es alarmante la ineficacia en la investigación de corrupción criminal y económica. La tasa de condena contra la administración pública es del 3 %, mientras que la de los delitos contra la propiedad (criminalidad común) ronda en el 57 %.
Además los tiempos que toman esos procesos son otro indicio de graves fallas de carácter recurrente. El caso de los sobornos IBM-Banco Nación duró 16 años y terminó como se preveía, con la prescripción de la causa.
Volviendo al ámbito provincial llama la atención de que en el proyecto de reforma al Código Procesal Penal, no se contemple a través del Ministerio Público, la creación de una Policía Judicial y la provisión de todo tipo de recursos técnicos y humanos para investigar con posibilidades de éxito los delitos económicos, y sobre todo, los de alta complejidad.
Mientras tanto seguirá siendo sencilla la tarea de los abogados defensores en esas causas –como también a sucedido en Río Negro- de sentarse y esperar que el propio sistema las declare extinguidas o prescriptas.
Se requiere decisión política para establecer o completar reformas que terminen con la impunidad, como una actitud higiénica y definitiva. Y para que los jueces honestos no se debatan en soledad y tengan el respaldo de un poder judicial fuerte.
Como decía Albert Camus “… la mayor generosidad con el futuro es darlo todo al presente”.
EL JUICIO POR JURADOS
El proyecto de reforma del Código Procesal Penal incluye además la propuesta de instalar el juicio por jurados en Río Negro, tal como lo estableció la vecina provincia de Neuquén.
El abogado y profesor de la UBA, Dr. Fernando Vallone, sostiene que hay una reforma específica del sistema judicial que se impone para terminar con las falencias o defecciones que pueden presentar los jueces y evitar cualquier tipo de condicionamiento: consiste en posibilitar el control de la sociedad.
En este sentido la hipótesis de máxima es implementar el juicio por jurado como una fórmula constitucional prevista desde el año 1853, y que contempla la participación de representantes de la sociedad civil en la tarea de administrar justicia.
Ya antes entre 1835 y 1840, Alexis de Tocqueville, el autor de la Democracia en América se mostraba deslumbrado por el funcionamiento y la significación democrática de los juicios por jurado que vio funcionar en Estados Unidos, y decía en algunas de sus consideraciones que“…la institución del jurado puede ser aristocrática o democrática pero conserva siempre un carácter republicano, porque coloca la dirección real de la sociedad en manos de los gobernados o en una porción de ellos, y no en la de los gobernantes” y agregaba “…la institución del jurado coloca al pueblo mismo o por lo menos a una clase de ciudadanos en el sitial de juez. La institución del jurado pone pues la dirección de la sociedad en manos del pueblo o de esa clase”.
Y como último testimonio apelamos a la palabra del Dr. Andrés Harfuch, profesor de Derecho Penal de la UBA, y una de las voces mas autorizadas en materia de juicio por jurados: “La única manera de que las resoluciones judiciales puedan ostentar legitimidad constitucional es si son construidas junto con los ciudadanos”.
HACIA LA DEMOCRATIZACION DE LA JUSTICIA
Antes del comentario del muy interesante proyecto de la legisladora del FpV, Silvia Horne, que postergamos para nuestra columna del domingo venidero, y referido a la modificación del Consejo de la Magistratura que posibilita la participación de la gente en ese organismo, mencionaremos una reflexión del Dr. Carlos Ronzanski, en una conferencia pronunciada en Bariloche en abril del año pasado titulada “Por la democratización de la justicia”. Sostuvo que: “esta es la deuda social, porque si los jueces que formamos parte de la sociedad estamos atravesados por los mismos problemas y la mayoría estamos insensibilizados ante la injusticia y carecemos de sensibilidad social, entonces deberíamos analizar cual es el obstáculo mas grande para lograr la democratización de la justicia”. “… todo lo que ustedes quieran plantearse sobre el porque no queremos democratizar la justicia, es simplemente una razón ideológica. Hay obstáculos personales y obstáculos institucionales”. “… creo que este momento y en esta provincia de Río Negro el cambio se va a producir y lo vamos a hacer entre todos”.
Fuente: APP Noticias
URL NOTA: http://www.lariojamunicipal.com.ar/index.php?modulo=notas&accion=ver&id=13213